5) Las Instituciones Europeas.
- Parlamento Europeo
Las funciones principales del Parlamento Europeo son tres:
- debatir y aprobar, junto con el Consejo, la legislación de la UE
- someter a control a otras instituciones de la UE, en especial a la Comisión, para garantizar su funcionamiento democrático
- debatir y adoptar, junto con el Consejo, el presupuesto de la UE.
Composición:
El número de diputados al Parlamento Europeo con los que cuenta cada país es, en líneas generales, proporcional a su población. El Tratado de Lisboa establece que ningún país puede tener menos de 6 diputados ni más de 96. Se agrupan por afinidades políticas, no por nacionalidades.
- Consejo Europeo:
Su funciónes son: fijar el rumbo y las prioridades políticas generales de la UE y tratar las cuestiones complejas que no puedan ser resueltas en el nivel inferior de la cooperación intergubernamental.
Se compone de; los jefes de Estado o de Gobierno de cada país de la UE, el presidente de la Comisión y el presidente del Consejo Europeo, que es quien preside las reuniones. En él también participa el Alto Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.
- Consejo de la Unión Europea:
(Es importante destacar que no es lo mismo que Consejo Europeo o Consejo de Europa)
Es el foro donde se reúnen los ministros de los países de la UE para adoptar la legislación y coordinar políticas.
Sus funciones:
- Comisión Europea:
Sus funciones son representar y defender los intereses del conjunto de la UE, elabora propuestas de nueva legislación europea y gestiona la labor cotidiana de poner en práctica las políticas y hacer uso de los fondos europeos.
Composición: Se constituye por los llamados 27 comisarios, uno por cada país de la UE, representan el liderazgo político de la Comisión durante su mandato de cinco años. El Presidente atribuye a cada Comisario competencias en ámbitos de actuación específicos. El nombramiento de estos comisarios debe ser sometido a la aprobación del Parlamento Europeo. (único organo capaz de disolver la comisión)
- Tribunal de Justicia:
Sus funciones son garantizar que se aplique el derecho de la UE de la misma forma en todos los países miembros. También resuelve conflictos legales entre los gobiernos y las instituciones de la UE. Los particulares, las empresas y las organizaciones pueden acudir también al Tribunal si consideran que una institución de la UE ha vulnerado sus derechos.
Composición: El Tribunal de Justicia cuenta con un juez por cada país de la UE.
El Tribunal está asistido por ocho abogados generales, cuya labor consiste en presentar, con imparcialidad e independencia, dictámenes sobre los asuntos planteados al Tribunal.
El mandato de los jueces y de los abogados generales es de seis años con posibilidad de renovación. Son designados de común acuerdo por los gobiernos de los países miembros.
- Tribunal de cuentas.
Su función principal es luchar contra el fraude financiero, se encarga además de gestionar y auditorizar los movimientos y finanzas de la UE. Su objetivo es mejorar la gestión financiera de la UE.
Composición: Tribunal de Cuentas debe ser totalmente independiente de las demás instituciones, pero mantenerse en contacto permanente con ellas para mantener un trabajo eficaz.
El Tribunal está compuesto por un miembro de cada país miembro de la UE, designado por el Consejo por un periodo renovable de seis años. Los miembros eligen entre ellos al que será su Presidente durante un periodo también renovable de tres años. En enero de 2008 fue nombrado Presidente Vítor Manuel da Silva Caldeira, de Portugal.
- Banco Central Europeo (BCE)
- establecer los tipos de interés fundamentales para la zona del euro y controlar la oferta de dinero
- gestionar las reservas de divisas de la eurozona y comprar o vender divisas en caso necesario para mantener el equilibrio de los tipos de cambio
- ayudar a garantizar que las autoridades nacionales supervisenadecuadamente los mercados e instituciones financieros y que lossistemas de pago funcionen bien
- autorizar a los bancos centrales de los países de la eurozona a emitir billetes de euros
- vigilar la evolución de los precios y evaluar el riesgo que esta supone para su estabilidad.
Composición:
El BCE cuenta con los siguientes organismos para la toma de decisiones:
4) Tratados de la UE.
- Comité Ejecutivo: supervisa la gestión diaria. Cuenta con seis miembros (un Presidente, un Vicepresidente y otros cuatro miembros) nombrados por los dirigentes de los países de la eurozona por un mandato de ocho años.
- Consejo de Gobierno: define la política monetaria de la eurozona y fija los tipos de interés a los que los bancos comerciales pueden obtener dinero del Banco. Está formado por el Comité Ejecutivo y los gobernadores de los 17bancos centrales nacionales de la eurozona.
- Consejo General: contribuye al trabajo consultivo y de coordinación del BCE y ayuda a preparar la adopción del euro en nuevos países. Está formado por el Presidente y el Vicepresidente del BCE y los gobernadores de los bancos centrales nacionales de los 27 países de la UE.
4) Tratados de la UE.
- Tratado de París (1951)
- Miembros: Benelux (Luxemburgo, Bélgica, Paises Bajos), Alemania federal, Francia, Italia, Reino Unido.
- Aportaciones: Se creaba la Comunidad Europea del Carbón y de Acero, creando la interdependencia del carbon y acero, de tal forma los países no podrían movilizar dichos recursos ante un conflicto bélico sin que otros lo supieran.
- Tratado de Roma (1957)
- Miembros: Benelux (Luxemburgo, Bélgica, Paises Bajos), Alemania federal, Francia, Italia.
- Aportaciones: Creación de la CEE y Euratom, favorecía la cooperación económica europea. La CEE establecía un mercado de libre circulación de personas, mercaderías, capitales etc entre las fronteras de los miembros. Euratom favorecía la investigación e industria energética.
- Acta Única Europea (1986)
- Miembros: Benelux (Luxemburgo, Bélgica, Paises Bajos), Alemania federal, Francia, Italia (1957), Reino Unido, Dinamarca, Irlanda (1973), Grecia (1981), España, Portugal (1986)
- Aportaciones: Aumentó los poderes del parlamento europeo, limitando la posibilidad de veto por un único país, etc... Incrementó los fondos destinados a regiones menos dinámicas. Preparó la entrada de España y Portugal.
- Tratado de Maastricht (1992)
- Miembros: - Miembros: Benelux (Luxemburgo, Bélgica, Paises Bajos), Alemania federal, Francia, Italia (1957), Reino Unido, Dinamarca, Irlanda (1973), Grecia (1981), España, Portugal (1986)
- Aportaciones: Se crea la Unión Europea, extendiendo sus funciones a objetivos no solo económicos, sino también políticos, demográficos y demás. Los Estados cedían parte de su soberanía a la UE para asuntos de incumbencia europea, se incorpora la idea de unión monetaria.
- Tratado de Amsterdam (1997)
- Miembros: Benelux (Luxemburgo, Bélgica, Paises Bajos), Alemania federal, Francia, Italia (1957), Reino Unido, Dinamarca, Irlanda (1973), Grecia (1981), España, Portugal (1986), Suecia, Finlandia, Austria (1995).
- Aportaciones: Consolidación y modificación de los tratados CEE y UE, mayor transparencia en la toma de decisiones, se intenta fomentar la democracia.
- Tratado de Niza (2001)
- Miembros: Benelux (Luxemburgo, Bélgica, Paises Bajos), Alemania federal, Francia, Italia (1957), Reino Unido, Dinamarca, Irlanda (1973), Grecia (1981), España, Portugal (1986), Suecia, Finlandia, Austria (1995).
Aportaciones: Reformas en las instituciones para futuras incorporaciones de países. Se redefine el sistema de voto en el Consejo y la composición de la Comisión.
- Tratado de Lisboa (2007)
- Miembros: Benelux (Luxemburgo, Bélgica, Paises Bajos), Alemania federal, Francia, Italia (1957), Reino Unido, Dinamarca, Irlanda (1973), Grecia (1981), España, Portugal (1986), Suecia, Finlandia, Austria (1995), Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, República Checa, Eslovaquia, Hungría, Eslovenia, Chipre, Malta (2004), Rumanía, Bulgaria (2007).
- Aportaciones: Se intentaba democratizar la UE, mejorar su eficiencia y capacidad para abordar los problemas mundiales, como el cambio climático. Aumento de competencias del Parlamento Europeo, aclara las competencias de la UE y de los estados miembros.
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